Desde la AFIC de Concejalía de Economía, Empresa y Empleo de Calp le comunicamos los aspectos más importantes que el Real Decreto-Ley 20/2012 de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la actividad comercial establece como novedades básicas aplicables a la Comunidad Valenciana.
Las novedades son las siguientes:
Se amplía la libertad horaria a comercios con menos de 300m2 de sala de venta.
Cada comerciante determinará libremente el horario correspondiente a cada domingo o día festivo en que ejerza su actividad.
Se podrán simultanear ventas promocionales, excepto la venta en liquidación, siempre y cuando exista la debida separación y se respeten los deberes de información.
Las ventas promocionales no podrán condicionarse a una reducción porcentual mínima o máxima (así son incorrectas expresiones como “desde x %” y “hasta x %”).
Las rebajas podrán tener lugar en los periodos de más interés comercial según criterio del comerciante.
La duración la decide libremente cada comerciante.
Los artículos deben haber estado incluidos con anterioridad en la oferta habitual, pero no se condiciona a un plazo mínimo.
Los artículos objeto de una promoción pueden adquirirse para este fin, pero no estarán deteriorados ni serán de peor calidad que los que serán objeto de la futura oferta ordinaria.
Se elimina la obligación de que los saldos formaran parte de las existencias del vendedor con anterioridad.
Se amplía el plazo máximo a 1 año.
No procede otra liquidación en el mismo establecimiento en los 3 años siguientes sobre productos similares, salvo cese, causa mayor o decisión judicial.
Desaparece la prohibición de ejercer la misma actividad en el municipio tras una liquidación por cese o cambio de ramo.